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Consejos para proteger a los profesionales del taller de la exposición a aceites y emisiones diésel

El Real Decreto 427/2021, de 15 de junio, que regula la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, y que modifica el Real Decreto 665/1997 afecta directamente a los talleres. 

Y es que este RD, como ya contamos en El Blog del Taller Eficiente, incluye dos novedades que impactan directamente sobre los negocios de reparación al añadirse a la lista de agentes cancerígenos los trabajos que supongan exposición cutánea a aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor y los trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel.

Esto supone una importante afectación para los talleres de reparación de vehículos, debido al posible contacto con aceites minerales usados en motores de combustión interna, principalmente en operaciones de mecánica tales como cambio de filtros, cambios de aceite y reparaciones en motores; y también en ciertas zonas del taller debido a las emisiones de motores diésel dado el establecimiento de un valor límite de exposición a humos diésel.

Así, empresas como talleres de vehículos o con flota de camiones y aquellas que en su actividad utilizan plataformas elevadoras móviles diésel o almacenes donde se utilicen carretillas diésel, y en general todos los sectores en los que en su actividad se trate alguna de estas sustancias se verán obligados a implementar las obligaciones derivadas de esta normativa aplicable.

No obstante, esta modificación del RD 665/1997, tal y como señala Enrique García Moreira, técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales de Taprega en un informe solicitado por ATRA (Asociación Autónoma de Empresarios de Talleres de Reparaciones de Vehículos de Pontevedra), aumentará el nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras en el trabajo, dado que la implantación de valores límite para determinados agentes cancerígenos o mutágenos contribuirá a reducir de manera significativa los riesgos derivados de estas exposiciones.

Medidas de prevención sobre los aceites

Si como resultado de la evaluación de riesgos, se pusiera de manifiesto un riesgo para la seguridad o la salud de los trabajadores deberá establecer medidas prevención y reducción de la exposición y medidas de higiene frente a estos agentes cancerígenos tal y como aplican los artículos 5 y 6 del RD 665/1997.

En cuanto a los aceites minerales, el Real Decreto establece algunas medidas preventivas que deben adoptar los talleres para proteger a los trabajadores expuestos (principalmente mecánicos):

-Uso de guantes obligatorio en aquellas operaciones en que haya exposición directa con el aceite mineral usado.

-Velar por que todos los recipientes, envases e instalaciones que contengan los aceites minerales usado estén etiquetados de manera clara y legible y colocar señales de peligro claramente visibles.

-Limitar al menor número posible los trabajadores expuestos o que puedan estarlo.

-Evitar que los trabajadores fumen, coman o beban en las áreas donde se manipulan dichas sustancias.

-Proveer a los trabajadores de ropa de protección apropiada o de otro tipo de ropa especial adecuada, cuando la naturaleza de los trabajos lo requiera.

-Disponer de lugares para guardar de manera separada las ropas de trabajo o de protección y las ropas de vestir (doble taquilla).

-Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso.

-Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de los trabajadores.

-Los trabajadores han de disponer, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.

-El empresario se debe responsabilizar del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo de los trabajadores expuestos, quedando prohibido que los trabajadores se lleven dicha ropa a su domicilio para tal fin. Si se contrata la actividad de lavado con una empresa especializada, la empresa debe asegurarse de que la ropa se envía en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.

Valor límite de exposición a emisiones diésel

Uno de los principales cambios es el establecimiento de un valor límite de exposición diaria para las emisiones de motores diésel: 0,05 mg/m3 en fracción respirable, que será de aplicación a partir del 21 de febrero de 2023. Aunque el efecto cancerígeno de los humos diésel ya era conocido, ahora se facilita un valor que permite determinar a partir de qué momento la exposición es peligrosa para la salud.

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La combustión en motores genera una gran cantidad de sustancias nocivas para la salud como benzeno, hidrocarburos policíclicos aromáticos, hidrocarbonos y formaldehido, monóxido y dióxido de carbono, óxido nítrico y dióxido de nitrógeno, entre otras sustancias, que pueden desencadenar permanentes y graves problemas de salud. Incluso los motores más modernos generan sustancias nocivas invisibles.

Medidas a adoptar

En aplicación de los artículos 5 y 6 del RD 665/1997, los talleres deberán realizar la evaluación de riesgos y medir la exposición a los gases diésel (el valor límite entra en vigor a partir del 21 de febrero de 2023); disponer de sistemas de control de los gases por debajo de valor límite y revisión periódica de dichos niveles.

De hecho, según el artículo 3, para aquellos agentes cancerígenos o mutágenos que no hayan podido evitarse (o sustituir por otras sustancias), el empresario del taller tiene la obligación de hacer mediciones de la exposición de los trabajadores a los agentes químicos presentes en el lugar de trabajo en la realización de las distintas operaciones, mediante las cuales se pudiera comparar el nivel de exposición real con los valores límites a los que alude la actualización del Real Decreto 665/1997.

Asimismo, deberán mantener una adecuada ventilación de las instalaciones, evitando combustiones diésel en recintos cerrados sin ventilación; utilizar equipos de protección adecuados, reflejados y establecidos en la evaluación de los riesgos (como usar máscaras con filtros respiratorios en ambientes donde no se pueda evitar la presencia de humos); reducir el tiempo de exposición al humo al máximo; proporcionar a los trabajadores expuestos la información necesaria sobre los riesgos y proporcionar instrucciones y formación sobre las medidas preventivas; limitar al menor número posible los trabajadores expuestos o que puedan estarlo; y garantizar una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores, realizando el preceptivo reconocimiento médico previo y periódico o por haberse detectado en algún trabajador algún trastorno relativo a dicha exposición. 

Mezclas de hidrocarburos aromáticos policíclicos

Para las mezclas de hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAHs), no se asigna de momento un valor límite ya que están pendientes nuevas investigaciones para evaluar la necesidad del mismo. Se asigna la notación 'piel' debido a la posibilidad de una absorción significativa de estas mezclas a través de la piel.

Los PAHs están presentes en todo el medio ambiente y se puede estar expuesto a estas sustancias en el hogar, al aire libre o en el lugar de trabajo. Normalmente, no se estará expuesto a un PAH individual sino a una mezcla de ellos.

Los profesionales de la reparación pueden estar expuestos a los PAHs a través de la inhalación de los gases de los tubos de escape de los motores y por utilizar productos que contienen PAHs provenientes de diferentes industrias como la minería, el refinado del petróleo, la metalistería, la producción de compuestos químicos, el transporte y la industria eléctrica.

Se considera que las fuentes principales de exposición a los PAHs para la mayoría de la población son la inhalación de compuestos del humo del tabaco y de la madera, el aire ambiente y el consumo de PAHs en los alimentos.

Para un ciudadano es prácticamente imposible evitar su exposición a PAHs, pero si la puede disminuir controlando su exposición al humo del tabaco, y procurando que las combustiones en el interior de su vivienda sean las mínimas.

Si te preocupa la salud de los profesionales de tu taller, así como las bajas laborales, por su impacto en la productividad, no te pierdas este post con consejos para reducir las más recurrentes.

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