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Nuevas medidas para prevenir el fraude fiscal que pueden afectar a pymes y autónomos

Uno de los objetivos recurrentes de la Administración central del Estado ha sido tradicionalmente la lucha contra el fraude fiscal. En un post anterior, contábamos en El Blog del Taller Eficiente las líneas generales del nuevo régimen sancionador contra las empresas que no depositen sus cuentas anuales, con multas que van desde los 1.200 a los 60.000 euros (para las pymes).

Pues bien, esta no ha sido la única medida aprobada recientemente en este sentido. Y es que, después de un año de trámites parlamentarios, el Congreso finalmente aprobó en octubre de 2020 el nuevo proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que transpone la Directiva de la Unión Europea 2016/1164, del Consejo. No obstante, la norma aún hoy (finales de marzo de 2021) se encuentra en fase de tramitación parlamentaria.

De salir finalmente adelante, con esta nueva regulación, se pretenden reformar los pilares de la Ley General Tributaria, armonizando la legislación española con la comunitaria e intentando cerrar algunas brechas legales ante el avance de la digitalización. Y muchas de ellas tendrán un impacto significativo para pymes y autónomos, y por tanto, a miles de profesionales del sector de la reparación de vehículos en España.

Reducción del pago en efectivo a 1.000 € entre empresas

Posiblemente, la medida más llamativa para prevenir el fraude fiscal, y con más impacto para las pymes y los autónomos es la limitación del pago en efectivo a operaciones inferiores a los 1.000 €, frente a los 2.500 € actuales. Eso sí, tan solo aplicará en las operaciones que se realicen entre empresas y profesionales, y no cuando tenga que pagar el consumidor final.

El objetivo de esta medida es reducir al máximo posible la utilización de medios de pago en efectivo con el objetivo de eliminar de manera progresiva su uso. Así ha ocurrido en países como Suecia o Dinamarca, donde el dinero en efectivo es ya prácticamente residual, y el uso de medios de pago electrónicos está generalizado entre las empresas.

Control del software de doble uso

La manipulación de la contabilidad es otra de las prácticas fraudulentas que la Agencia Tributaria lleva mucho tiempo persiguiendo, especialmente controlando los programas que permiten llevar dobles contabilidades.

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El proyecto de Ley de prevención del fraude fiscal ataca directamente a este tipo de aplicaciones. En concreto, la normativa prevé sanciones para aquellas empresas que fabriquen, produzcan o comercialicen programas de facturación o gestión que:

  • Permitan llevar contabilidades distintas a la que no esté reglamentada legalmente.
  • No reflejen, ya sea total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas.
  • Registrar transacciones diferentes a las realizadas.
  • Alterar transacciones ya registradas.
  • No cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de los registros.

Tal es la importancia que concede el proyecto de ley a la prevención de estas prácticas contables que la administración ya está contemplando la posibilidad de establecer determinadas especificaciones técnicas para certificar estas aplicaciones. Esto significa que todo el software que no esté debidamente certificado podrían incurrir en sanción tributaria.

Impuesto sobre Sociedades

La Directiva Europea también establece una serie de normas encaminadas a evitar las prácticas de elusión fiscal dentro del mercado interior comunitario, que siguen las recomendaciones de la OCDE y que inciden especialmente sobre el Impuesto sobre Sociedades.

Sin embargo, a priori, la transposición a la legislación española no incidirá en todos los aspectos de la Directiva, sino únicamente a los concernientes al régimen fiscal internacional y a la imposición de salida ('exit tax').

En concreto, en cuanto a la imputación de rentas, el contribuyente deberá declarar aquellas obtenidas no solo por sus sociedades participadas, sino también de las rentas procedentes de sus establecimientos permanentes en el extranjero. Además, se incorporan otras rentas obtenidas por el contribuyente, como las derivadas de operaciones de arrendamiento financiero, actividades de seguro, bancarias y otras de carácter financiero.

Asimismo, con el nuevo 'exit tax' se busca que aquellas compañías que trasladen su sede a otro país no dejen de tributar en España por aquellas actividades que se sigan desempeñando en territorio nacional. Esto implica que todas las empresas que deslocalizan su sede tendrán que seguir tributando en España por las actividades desarrolladas en el país.

Grandes patrimonios, criptomonedas...

En el proyecto de ley se incluyen otras cuestiones que pueden afectar en mucha menor medida a pymes y los autónomos. Su objetivo es controlar grandes patrimonios, la explícita necesidad de poner coto a los paraísos fiscales y la intensificación en el control de las criptomonedas.

Concretamente, y en consonancia con los nuevos parámetros internacionales, la normativa adecúa el término 'paraíso fiscal' al de jurisdicciones no cooperativas. Es decir, aquellos territorios poco transparentes caracterizados por facilitar la constitución y gestión de sociedades sin actividad económica real y con una nula o muy baja tributación.

Hacienda también ha puesto el foco en las criptomonedas, un tipo de activo financiero que no se rige por las condiciones y la regulación de los mercados actuales, lo que ha provocado que muchas personas hayan recurrido a ellas para blanquear dinero o evadir tributación. Ante esta realidad, la nueva ley incorpora la obligación de suministrar información sobre las operaciones en las que intervengan monedas virtuales, incluyendo las ofertas iniciales de nuevas criptomonedas.

En definitiva, el proyecto de ley busca acotar una serie de prácticas que ya estaban en el punto de vista de Hacienda desde hace unos cuantos años. Su objetivo a corto plazo es recaudar 828 millones de euros solo en 2021.

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